domingo, 12 de febrero de 2017

Artículo 16: Evaluadores del Proyecto

Artículo 16: Evaluadores del Proyecto

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De conformidad con las características de la evaluación establecidas en el artículo 4 del presente instrumento los participantes del proceso de evaluación serán:
  1. La o el estudinte del proyecto.
  2. Un representante de Consejo Comunal, organización comunal o social e institución pública o privada en el área del proyecto.
  3. Un representante institucional u organizacional de área del proyecto.
  4. La o el docente asesor responsable del proyecto.

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